Obras Registrables

Obras Registrables

  • Los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza.
  • Los programas de ordenador.
  • Las composiciones musicales, con o sin letra.
  • Las obras dramáticas y dramático-musicales, coreografías, pantomimas y, en general, las obras teatrales.
  • Las obras cinematográficos y cualesquiera otras obras audiovisuales.
  • Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o cómics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas, sean o no aplicadas.
  • Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de Ingeniería.
  • Los gráficos, mapas y diseños relativos a la Topografía, la Geografía y, en general, a la Ciencia.
  • Las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía.

   Sin perjuicio de los derechos de autor sobre la obra original, también son objeto de propiedad intelectual:

  • Las traducciones y adaptaciones.
  • Las revisiones, actualizaciones y anotaciones.
  • Los compendios, resúmenes y extractos.
  • Los arreglos musicales.
  • Cualesquiera transformaciones de una obra literaria, artística o científica.

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