Copyright

Propiedad Intelectualderechos de autor

La propiedad intelectual está integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de la obra, sin más limitaciones que las establecidas por la Ley.

Se considera autor a la persona natural que crea alguna obra literaria, artística o científica.

Los derechos sobre una obra que sea resultado unitario de la colaboración de varios autores corresponden a todos ellos.

  • Obras Registrables +

    Obras Registrables

    • Los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza.
    • Los programas de ordenador.
    • Las composiciones musicales, con o sin letra.
    • Las obras dramáticas y dramático-musicales, coreografías, pantomimas y, en general, las obras teatrales.
    • Las obras cinematográficos y cualesquiera otras obras audiovisuales.
    • Las esculturas y las obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o cómics, así como sus ensayos o bocetos y las demás obras plásticas, sean o no aplicadas.
    • Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de Ingeniería.
    • Los gráficos, mapas y diseños relativos a la Topografía, la Geografía y, en general, a la Ciencia.
    • Las obras fotográficas y las expresadas por procedimiento análogo a la fotografía.

       Sin perjuicio de los derechos de autor sobre la obra original, también son objeto de propiedad intelectual:

    • Las traducciones y adaptaciones.
    • Las revisiones, actualizaciones y anotaciones.
    • Los compendios, resúmenes y extractos.
    • Los arreglos musicales.
    • Cualesquiera transformaciones de una obra literaria, artística o científica.
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  • Duración y Cómputo +

    Duración y Cómputo

    Los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y 70 años después de su muerte o declaración de fallecimiento. Los derechos de explotación de las obras artísticas, científicas o literarias, anónimas o pseudónimas, durarán 70 años desde su divulgación lícita. Los derechos de explotación de las obras que no hayan sido divulgadas lícitamente, durarán 70 años desde la creación de éstas, cuando el plazo de la protección no sea computado a partir de la muerte o declaración de fallecimiento del autor o autores.

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  • Requisitos para la Inscripción de una Obra Literaria +

    Requisitos para la Inscripción de una Obra Literaria

    Borrador de la obra, con las hojas numeradas.
    Título de la obra.
    Fotocopia del D.N.I. del autor.
    Firma de la Obra por el autor.

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  • Requisitos para la Inscripción de un Programa de Ordenador +

    Requisitos para la Inscripción de un Programa de Ordenador

    Código fuente ASCII soporte CD o DVC, con la totalidad del Código fuente. También se admitirá la inscripción de la totalidad del código fuente en soporte papel, debidamente encuadernada la obra.
    Lenguaje en que está realizado y entorno.
    Nombre de todos los ficheros que contiene.
    Resumen de la aplicación.
    Organigrama de la aplicación.
    Fotocopia del DNI del autor.
    Firma del CD o DVD y Titulo de la obra con rotulador permanente.

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  • Requisitos para la Inscripción de Obras Fotográficas +

    Requisitos para la Inscripción de Obras Fotográficas

    Clase de obra.
    Título.
    Dos copias en positivo de 18 x 24 cm.
    Fotocopia del DNI del autor.
    Firma de la obra por el autor

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  • Requisitos para la Inscripción de una Composición Musical +

    Requisitos para la Inscripción de una Composición Musical

    Título de la obra.
    Partitura y letra (si la tiene).
    Duración de la obra.
    Tipo de la obra musical.
    Fotocopia del DNI del autor.
    Firma de la obra por el autor

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  • Requisitos para la Inscripción de un Dibujo o Pintura +

    Requisitos para la Inscripción de un Dibujo o Pintura

    Clase de obra.
    Tipo de soporte.
    Material y técnica empleada.
    Dimensiones del original.
    4 fotografía de 18 x 24 cm. que permitan la completa identificación de la obra.
    Fotocopia del D.N.I. del autor.
    Firma de la obra por el autor

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  • Requisitos para la Inscripción de Escultura +

    Requisitos para la Inscripción de Escultura

    Clase de obra.
    Material empleado y técnica escultórica.
    Dimensiones.
    Tres fotografías de 18 x 24 cm. que sirvan de plasmación tridimensional de la obra.
    Fotocopia del DNI del autor.
    Firma de la obra por el autor

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  • Requisitos para la Inscripción de Grabados y Litografías +

    Requisitos para la Inscripción de Grabados y Litografías

    Clase de obra.
    Procedimiento gráfico.
    Material de soporte.
    Matriz.
    Colores y tinta utilizados.
    Formato. Número de tirada.
    Tres fotografías de 18 x 24 cm. que permitan la completa identificación de la obra.
    Fotocopia del DNI.del autor.
    Firma de la obra por el autor

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 Regulación Legal

Es el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual por Real Decreto Legislativo 1/1.996 de 12 de abril. Si necesita más información, o tiene alguna duda al respecto o desea iniciar el trámite de solicitud, no dude en contactar con nosotros.

Descarga de poderes

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